Acabada la Guerra de la Independencia en 1814, Fernando VII regresa del exilio y por Real Decreto de 4 de Mayo suprime la Constitución de 1812 así como toda la normativa legal creada con motivo de ésta. Al mismo tiempo decide la creación, por Real Decreto de 12 Marzo de 1815, de un nuevo estamento de índole policial con el nombre de Ministerio de Seguridad, complementado a los tres días con un reglamento provisional de seguridad que fija la división de Madrid en doce cuarteles, poniéndose a cargo de cada uno a un Prior del que dependían los alcaldes de barrio. Posteriormente y en el corto espacio de los siete meses que duró el proyecto, se añadirían otros dos nuevos reglamentos ya definitivos, en Abril y en Septiembre del mismo año de su creación.
Pese a que se había establecido que cualquier Autoridad debía auxiliar al Ministerio en todo lo que le fuera necesario, éste dispondría de una fuerza inicial bajo su mando directo, compuesta por una compañia de celadores uniformados distribuidos por los doce cuarteles de Madrid.
La Sala de Alcaldes de Casa y Corte, que había vuelto a ser restablecida con el retorno del rey, se opuso desde el principio a la creación del Ministerio porque el nuevo organismo escapaba a su control y, con ello, perdía una parcela de poder en la seguridad pública. El pulso mantenido entre la Sala y el Ministerio se zanjó en favor de la primera con la aprobación del último de los tres reglamentos antes citados, que recortaba las atribuciones del órgano recién creado y, además, lo situaba en un nivel inferior al que tenía la Sala en la responsabilidad del mantenimiento de la seguridad.
Su actuación acabó siendo la de una policía política destinada a la persecución de los individuos contrarios al régimen, tal y como lo reflejan las funciones que le fueron asignadas, al mes de su aparición, en el art. 1º del reglamento del 15 de Abril, que habla de descubrir a los conspiradores e infidentes, a los promotores de tumultos contra el rey, a los que publiquen doctrinas anárquicas, a las personas que regresen a España teniendo prohibido hacerlo, a los que hablen mal del rey y su Gobierno....
El Ministerio de Seguridad no llegó a extenderse fuera de los límites de Madrid y su final se produjo con el Real Decreto de 12 de Octubre de 1815. Su duración, como ya se ha indicado con anterioridad, fue sólo de siete meses y coincidió con el llamado Imperio de los Cien Días de Napoleón, tras el retorno a Francia desde su retiro en la isla de Elba. Algunos autores como Turrado Vidal y Mª Piedad Lazúen, han señalado tal coincidencia relacionando los dos hechos en el sentido de que, el Ministerio, fue usado por Fernando VII como un instrumento de prevención de una nueva invasión francesa.